Me han denegado el ingreso mínimo vital ¿Y ahora qué?

Si te han denegado el ingreso mínimo vital podemos ayudarte a realizar los recursos oportunos tanto en vía administrativa como en vía judicial.

¿Qué opciones tengo?

Una vez recibida la resolución denegando el reconocimiento del ingreso mínimo vital, el primer lugar habrá que realizar una reclamación previa para lo cual disponemos de un plazo de 30 días desde que se notificó el acuerdo denegando el IMV.

Si esta reclamación previa también es denegada o transcurren 45 días sin respuesta, queda abierta la vía judicial.

¿Y si se me ha pasado el plazo para recurrir?

En ese caso lo recomendable será presentar una nueva solicitud del subsidio de ingreso mínimo vital. En este caso recomendamos realizarla bajo el asesoramiento de nuestros abogados poniéndola en contexto con la primera denegación.

¿Es factible la reclamación sobre la denegación del IMV?

Pese a ser una materia de muy reciente aparición nuestro despacho tiene experiencia en recursos como el tuyo. Consulta uno de nuestros casos de éxito en esta entrada en nuestro blog.

Nuestros abogados especialistas en derecho administrativo y de Seguridad Social en Vigo y Pontevedra, asesoran y proponen las mejores medidas legales, haciendo una valoración de la viabilidad de tu recurso frente a la denegación del ingreso mínimo vital.

Confía tu caso a nuestro despacho y reclama tu derecho al ingreso mínimo vital, analizaremos tu situación particular y te evitaremos complicaciones con la eficiente actuación de nuestros juristas cualificados en esta rama del Derecho.

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