“INCAPACITACIONES JUDICIALES”
Cuando una persona no está en uso de sus plenas facultades se hace necesario iniciar un procedimiento en el que se adopten las medidas necesarias para que reciban el apoyo necesario para ejercer su capacidad jurídica (de forma semejante, pero más limitada y respetuosa con la voluntad de discapacitado, a la desaparecida “incapacitación judicial”) y así proteger los intereses y derechos de esta persona, nombrándose un representante o adoptando otras medidas de apoyo.
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